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Draven
26/01/2006, 17:13
El artí*culo 31 constitucional en su fracción IV establece que es obligación de los mexicanos: “Contribuir para los gastos píºblicos, así* de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado o Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyesâ€



Esta base constitucional debe ser el fundamento de todo nuestro sistema fiscal, y establece en primer lugar que la obligación es la de contribuir para los gastos píºblicos, (ojo Paco GT, lo dice la Constitución, no el "Peje"), esto es que los impuestos no deben emplearse para gastos privados, o sea que no es constitucional que los impuestos sirvan para enriquecer a funcionarios píºblicos, para rescatar a bancos o para que beneficien a empresas privadas; el segundo aspecto se refiere a que se debe contribuir en beneficio de los tres niveles de gobierno, esto es federal, Estatal y municipal, y no solo para el gobierno federal; en tercer lugar se establece el principio de proporcionalidad, que establece que entre mas se tiene se debe pagar mas impuestos y entre menos no pagar o pagar poco, los impuestos indirectos como el IVA y el IEPS en general rompen con la proporcionalidad, porque ricos y pobres pagan las mismas tasas fiscales; en cuarto lugar establece el principio de equidad que implica que todos los que estén en la misma situación, esto es en el supuesto del llamado hecho generador, deben de pagar el mismo impuesto, por ejemplo la economí*a informal rompe con la equidad fiscal, y finalmente las contribuciones deben estar establecidas necesariamente en una ley formal, esto es que la capacidad de establecer y modificar los impuestos íºnicamente la tiene el poder legislativo.